ABRIRÁN BANCOS PARA PÚBLICO EN GENERAL

ABRIRÁN BANCOS PARA PÚBLICO EN GENERAL

Desde el Banco Central establecieron que los bancos deberán abrir sus sucursales para el público en general, entre el lunes 13 y el viernes 17 de abril.

De este modo, las personas que quieran asistir a la sucursal a realizar algún trámite deberán previamente sacar un turno online, ya que no habrá atención de cajas. Además, solo se atenderá según la terminación del CUIT de la persona física o jurídica. 

Entonces, dicho cronograma establece que el lunes lo hagan los terminados en 0 y 1; martes 2 y 3; miércoles 4 y 5; jueves 6 y 7; y viernes 8 y 9.

Por su parte, el correo electrónico que reciba el cliente con el turno asignado por el banco será el documento que le permita circular ese día por la calle. También, de acuerdo a la circular difundida durante este lunes: “las entidades financieras deberán abrir sus casas operativas para la atención al público en general –excepto para la atención por ventanilla– a partir del lunes 13.4.2020 y hasta el viernes 17.4.2020, extendiéndose a 2 horas la jornada habitual de atención al público”.

Con respecto al procedimiento en que se llevará a cabo la atención, se explicó: “las personas a ser atendidas deberán haber previamente solicitado un turno a través de las páginas de Internet de las entidades, o por otro medio electrónico que éstas pongan a disposición (ej. correo electrónico y/o teléfono), y las entidades deberán entregarles por vía electrónica un comprobante del turno acordado, indicando día de la cita, identificación (nombre completo y número de identificación) de la persona y ubicación de la casa operativa a la que deberá dirigirse, el que servirá de permiso de circulación entre su domicilio y esa casa operativa”.

Asimismo, se indicó que “estos clientes sólo podrán presentarse –en el día y casa operativa indicados– munidos de la constancia de turno emitida por la entidad financiera”. 

Mientras que, aquellos beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Dicho grupo de personas podrá asistir a las entidades bancarias conforme al cronograma que la ANSES o el correspondiente ente administrador establezca, no siendo necesaria la obtención de turno alguno.