ASÍ SERÁN LOS SERVICIOS DEL MPF ANTE LAS NUEVAS MEDIDAS

ASÍ SERÁN LOS SERVICIOS DEL MPF ANTE LAS NUEVAS MEDIDAS

La Fiscalía General, a través de la resolución número 9/21, determinó la modalidad del servicio de Justicia a su cargo en el marco de las nuevas medidas de restricción ordenadas por el Poder Ejecutivo Nacional, y a las que el gobierno de la Provincia de Córdoba adhirió.

Dicha resolución señala que, en función del Acuerdo Reglamentario número 1702 del tribunal Superior de Justicia, se dispone la prestación de un “servicio de justicia en la emergencia por razones sanitarias”, durante el periodo comprendido entre los días 22 y 30 de mayo ambos inclusive de 2021 y resuelve específicamente para:

La UNIDAD FISCAL DE EMERGENCIA SANITARIA: el Coordinador podrá requerir a la Dirección General de Administración y RRHH, los recursos necesarios para adecuar su funcionamiento a las medidas que la autoridad administrativa disponga, conforme la realidad que la especial situación de pandemia impone.

Las FISCALIAS DE INSTRUCCIÓN DE TURNO: La presencialidad del personal deberá limitarse al mínimo indispensable para asegurar la prestación del servicio, conforme lo disponga el Jefe de Oficina, intentando restringir al máximo la circulación de personas.

La UFAI Y UNIDADES JUDICIALES: Continuarán prestando servicio conforme la reglamentación vigente respecto de días inhábiles.

Los empleados y/o funcionarios del Ministerio Público Fiscal que no presten servicios de modo presencial, deberán hacerlo bajo la modalidad de teletrabajo, en horario laboral, de acuerdo a la normativa aprobada a tales efectos.