DETALLES OFICIALES DEL DNU

DETALLES OFICIALES DEL DNU

Después del anuncio presidencial, el Gobierno publicó un nuevo decreto de necesidad y urgencia (DNU). En él se establecen medidas generales para todo el país, pero también se especifican para cada zona según sean de bajo, mediano o alto riesgo.

En cuanto a las que se extienden a todo el territorio, se suspenden los viajes grupales de egresados, de estudio y de turismo.

Además, no podrá realizarse reuniones sociales de más de 10 personas. Y a su vez menciona que las personas de riesgo no podrán asistir al trabajo.

En el caso de las zonas de bajo riesgo epidemiológico y sanitario, “se aplican las reglas de conducta generales (distanciamiento; tapabocas; ventilación; higiene); los protocolos aprobados para cada actividad; aforo del 50% en superficies cerradas, salvo excepciones menores, y rigen las suspensiones establecidas para todo el país”.

Mientras tanto, en las zonas de riesgo mediano, “es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios”.

En relación a qué establece el DNU en las zonas de alto riesgo epidemiológico, explica que rige desde el 22 de mayo al 30 del mismo mes inclusive, y además tiene en cuenta los días 5 y 6 de junio.

Las actividades restringidas son laseconómicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales que no podrán ser presenciales.

A su vez, en los casos que sean posibles, “se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo”.

Por su parte, los locales gastronómicos podrán operar únicamente bajo la modalidad y/o para llevar.

Mientras tanto, en lo que concierne a actividades recreativas, no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.

Tampoco se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

Las salidas de esparcimiento podrán realizarse en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias.

Para esto es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades. Por último, en lo que respecta a la circulación, también se restringirá desde las 18 hasta las 6 del día siguiente.

Pero, en cuanto al transporte público, quedan habilitadas para su uso las personas autorizadas, los casos que sean especiales, quienes requieran atención de salud y quienes necesiten trasladarse para su vacunación.