NUEVA MODALIDAD DE SOLICITUDES DIGITALES PARA LA ACTIVIDAD FORESTAL

NUEVA MODALIDAD DE SOLICITUDES DIGITALES PARA LA ACTIVIDAD FORESTAL

La Secretaría de Ambiente del Gobierno de Córdoba informa que, en función a las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio, se llevó a cabo un rediseño en el esquema de trámites y en la modalidad de atención al público estableciendo mecanismos digitales que eviten la circulación de personas.

En tanto, como autoridad provincial que regula la actividad forestal en el territorio provincial, servicio esencial exceptuado de la cuarentena, se informa cómo, de ahora en más mientras rija esta situación se receptarán los pedidos para el mantenimiento de “picadas perimetrales”, la realización de “rolados de mantenimiento de bajo impacto” y pedidos para el “mantenimiento de chacras”.

«Desde nuestra Secretaría, al igual que en las diferentes áreas del Gobierno provincial, estamos adecuando nuestra tarea a las disposiciones del aislamiento y el distanciamiento social, por lo que llevar cada uno de nuestros trámites a la modalidad digital es fundamental para que aquellas actividades exceptuadas y de servicios esenciales puedan avanzar con la presentación de documentación y cumplir con las exigencias que establece la legislación ambiental, según cada caso», dijo Juan Carlos Scotto quien está a cargo de la cartera ambiental.

PICADAS PERÍMETRALES

Cabe recordar que la ley provincial 9814, de Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo (OTBN), es obligatoria la realización y mantenimiento de infraestructuras de prevención y control de incendios a través de las denominadas picadas perimetrales, cuyo ancho varía entre los 6 y 15 metros de acuerdo a la zona donde se ubique el campo.

Desde el Área de Bosques se solicita que en casos de realizar estos trabajos de mantenimiento deberán realizar su correspondiente comunicación, salvo en situaciones de necesidad o urgencia, por medio del Formulario de Declaración Jurada. Ante la situación actual, no será necesario dirigirse a la sede de la Secretaría de Ambiente, sino que se podrá enviar dicha documentación a la siguiente dirección de correo electrónico: bosque.nativo.cba@gmail.com.

Se deberá adjuntar y detallar además la siguiente información:

-Nº de expediente (si posee).

-Croquis de ubicación delimitando el predio con coordenadas Google Earth.

-Número/s de cuenta/s correspondiente al/los predio/s a intervenir que figuran en el cedulón del impuesto inmobiliario.

-Documentación que acredite titularidad del predio (si no lo presentó anteriormente).

Se recuerda además que está determinantemente prohibido el uso del fuego para la eliminación del material vegetal. Al realizar la picada perimetral se deberá respetar los ejemplares arbóreos, en lo posible, que superen los 10-15 cm de diámetro a la altura del pecho (DAP).

ROSADO DE MANTENIMIENTO DE BAJO IMPACTO Y MANTENIMIENTO DE CHACRAS

Mediante la Ley 9814 (OTBN) también se autoriza a solicitar el re-rolado de mantenimiento y/o mantenimiento de chacras con el fin de controlar el crecimiento de renoval en áreas que posean intervenciones autorizadas.
Ante la situación actual, los interesados podrán solicitar al correo electrónico bosque.nativo.cba@gmail.com el pedido de rolado de mantenimiento de bajo impacto y de chacras.

Del mismo modo, se deberá además detallar y adjuntar los siguientes datos:

-Nº de expediente.Copia de la resolución aprobatoria.

-Croquis de ubicación delimitando el predio y la superficie que desea intervenir con coordenadas Google Earth (según resolución aprobatoria).

Recibirá respuesta de la Secretaría de Ambiente por medio del mismo correo y se deberá respetar lo determinado por el Área de Bosques y los lineamientos técnicos de la resolución aprobatoria, tanto como lo establecido en el Decreto 170/11 de la Ley 9814. 

Se requiere tener en el campo (lugar del trabajo), copia de lo informado.

Cebe recordar que Policía Ambiental se encargará de realizar los controles que correspondan y en caso de no respetar lo establecido procederá al Cese Preventivo del campo e inicio de sumario administrativo. 
 Posteriormente se procederá a la revocación de la Resolución de aprobación del Plan de Manejo.

Mientras el campo se encuentre con expediente de infracción no resuelto en la Dirección de Policía Ambiental no se autorizará ningún tipo de intervención hasta tanto se resuelva (Art. 53 Ley 9814), debiendo el administrado presentar copia de la resolución una vez obtenida.

Se recuerda que está prohibido la utilización de productos químicos para este tipo de trabajos.

En caso de detectar algún desmonte durante la cuarentena denunciar a policia.ambiental@cba.gov.ar o comunicándose en forma anónima al 0351-4321286.