¿QUÉ HACER Y QUÉ NO DURANTE LA VEDA ELECTORAL?

¿QUÉ HACER Y QUÉ NO DURANTE LA VEDA ELECTORAL?

La veda electoral, es contemplada según la ley como un período “para la reflexión del votante sin la influencia de la campaña electoral”.

Es así que, desde hoy viernes y hasta el domingo, se impide la realización de actos proselitistas públicos, seguido de la publicación de encuestas y sondeos y, hasta tres horas después del cierre de los lugares de votación, se impide dar a conocer resultados a través de medios masivos de comunicación.

Por otra parte, desde las 20:00 del sábado, queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas en comercios y no se permite portar banderas distintivas de los partidos intervinientes; tampoco se permite portar armas.

Cabe destacar, que entre las 8:00 y las 18:00 del domingo, horario en el que está habilitado el derecho a voto, no se pueden realizar espectáculos artísticos, deportivos, gastronómicos; ni reuniones públicas fuera del acto electoral. Esto es, hasta un radio de ochenta metros de un espacio en el que se vote, también queda prohíbido “la realización de reuniones de electores en los domicilio la utilización de las viviendas como depósito de armas y la apertura de organismos partidarios”.

Vale aclarar, que las redes sociales están incluidas dentro de la veda, sobre todo si existen publicaciones proselitistas.